3.- Participación del Profesorado
El tercer punto del ROF es el referente a la participación del profesorado. Este es uno de los puntos clave del ROF y el que contiene mayor número de partes y subpartes.En esta sección se enumeran y explican las distintas estructuras organizativas a través de los cuales el equipo docente se hace partícipe de la actividad del centro.
En términos generales, consideramos que esta sección del ROF del IES Sevilla Este es demasiado escueta y deja fuera varios puntos de cierta relevancia. Proponemos que, como hace el ROF del Ies Generalife, y acorde con la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se incluya que el profesorado no puede abstenerse en las votaciones que se celebren en el seno del Claustro de Profesorado.
Así mismo, debería expresarse con mayor claridad la idea de que la participación en la vida del centro es un deber del profesorado, no una opción. En este sentido, el IES Generalife ahonda en este deber especificando una serie de ámbitos en los que los profesores deben participar; especificaciones que son en realidad un resumen de las normas del art. 9 del Decreto 327/2010. Creemos que el ROF del IES Sevilla Este haría bien en incluir una referencia a estas funciones y deberes del profesorado, ya sea de manera resumida o incluyendo el texto íntegro del Decreto, que quedaría como sigue:
a) La programación y la enseñanza de las materias, módulos y, en su caso, ámbitos que tengan encomendados.
b) La evaluación del proceso de aprendizaje del alumnado, así como la evaluación de los procesos de enseñanza.
c) La tutoría del alumnado, la dirección y la orientación de su aprendizaje y el apoyo en su proceso educativo, en colaboración con las familias.
d) La orientación educativa, académica y profesional del alumnado en colaboración, en su caso, con los departamentos de orientación o los equipos de orientación educativa.