La afectividad en la Orden reguladora de atención a la diversidad

La Orden de 25 de julio de 2008 regula las medidas y programas de atención a la diversidad del alumnado en la educación básica en Andalucía. Nuestra opinión sobre sus aspectos formales, cualidades y defectos, fue ya analizado con anterioridad por nuestro grupo de trabajo y puede encontrarse en este enlace.

Sin embargo, una vez analizados los aspectos más técnicos del mismo, una vez que ya sabemos de qué manera sería mejorable desde el punto de vista académico, creemos que es imperativo iniciar una reflexión sobre los aspectos afectivos. Es cierto que la afectividad no es un elemento legislable, pero sí que consideramos que, en una norma de atención a la diversidad del alumnado, es llamativo el hecho de que en ningún momento se considere la opinión del alumno sobre su propio proceso, o que se valore un elemento tan importante como la inclusión de las familias: sólo en el artículo 8 de la sección primera, que regula los programas de refuerzo de las áreas o materias instrumentales básicas, aparece una alusión a “programas de actividades motivadoras que buscan alternativas al programa curricular de las materias instrumentales. Dichas actividades deben responder a los intereses del alumnado y a la conexión con su entorno social y cultural”. ¿Sólo dentro de los programas de refuerzo debemos cuidar la motivación de los alumnos? ¿Qué ocurre con los alumnos con dificultades graves de aprendizaje, con los que se incorporan tarde al sistema, con los alta capacidad? ¿Sólo adaptando la metodología, los objetivos, los criterios de evaluación conseguiremos la motivación que necesitan estos alumnos?

Abogamos, en este sentido, por un fomento de programas de estudio para estos alumnos que se adapten a sus necesidades, no sólo curriculares, sino también personales, afectivas. Un ejemplo de propuesta podría ser la escuela de madres que analiza Luis Morales Orozco en su libro La integración lingüística del alumnado: propuestas para el aprendizaje cooperativo (Los Libros de la Catarata, 2006), en la que la comunidad de madres de hijos inmigrantes con insuficiente nivel de lengua como para seguir las clases veían por las tardes los contenidos de clase que sus hijos trabajaban en el aula, de forma que pudieran ayudarles a realizar sus tareas. Esto no sólo ayudaba a los alumnos a seguir mejor el ritmo de las clases sino que, además, favorecía la integración de las madres en la vida del centro educativo. Otras propuestas que sigan esta misma línea de integración pueden ser las comunidades de aprendizaje o las escuelas aceleradas: no existe, en este sentido, falta de opciones que puedan llevarse a cabo dentro de los centros. Es por esto que la falta de inclusión dentro de esta Orden de este tipo de opciones, que no están sólo enfocadas al aprendizaje de aspectos formales, sino que tienen en alta consideración los aspectos afectivos y motivacionales, es aún más llamativa.

Creemos, en conclusión, que la atención a la diversidad no debería enfocarse únicamente desde el aspecto formativo para que sea realmente efectiva, integradora e inclusiva, y que se hace necesaria una revisión de esta normativa, para adaptarla a las necesidades afectivas del alumnado tanto como a las académicas.